Los autónomos ya pueden poner en marcha este otoño algunas estrategias fiscales para ahorrar impuestos en la próxima declaración de IRPF. Desde aportaciones a planes de pensiones, suscripción de seguros o compra de vehículos eléctricos hasta reformas en su vivienda habitual.
Los autónomos pueden empezar desde este otoño a poner en marcha algunas estrategias para reducir su base imponible a declarar al año que viene y abaratar su próxima factura fiscal.
De hecho, la última mitad del año es, según los expertos, el mejor momento para que los autónomos comiencen a planificar sus declaraciones de IRPF del año que viene, ya que es ahora cuando todavía pueden reducir su base imponible. Por ejemplo, los trabajadores por cuenta propia pueden aumentar sus aportaciones a planes de pensiones, suscribir nuevos seguros para su negocio o incluso adelantar la reforma de la vivienda habitual, en ciertos casos.
También estos últimos meses de 2024 pueden ser un buen momento para verificar cuáles están siendo los rendimientos netos medios y decidir si compensaría, por ejemplo, comprar o vender acciones o incluso anticipar alguna inversión que ya se tenía prevista para así reducir también la base imponible.
Este diario ha recopilado algunos consejos fiscales de los expertos para reducir la próxima factura fiscal, desde los técnicos de Hacienda, hasta el Consejo General de Economistas o despachos de abogados como Legalitas.
¿Qué pueden hacer los autónomos hasta final de año para pagar menos impuestos en 2025?
- Aportar al plan de pensiones antes de final de año
La normativa del IRPF permite reducir la base imponible en la cuantía de las aportaciones realizadas durante el ejercicio a planes de pensiones tanto individuales como de Empleo, pensados para complementar el sistema de pensiones de jubilación.
En la práctica, bajar la base imponible dentro de las fórmulas que nos permite la ley es como si cobrásemos menos a ojos de Hacienda y, por lo tanto, deberíamos pagar menos impuestos. Tras los últimos cambios, las reducciones en los planes de previsión individuales (como puede ser un plan de pensiones o un PPA), tiene como límite la menor de las siguientes cantidades: 1.500 euros anuales o un máximo del 30% de los rendimientos netos de la actividad.
Además, a partir de 2023, los trabajadores por cuenta propia también podrán reducir su base imponible con un límite de hasta 4.250 euros realizando aportaciones a uno de los nuevos planes de pensiones de empleo para autónomos, como por ejemplo el que promueve la Federación Nacional de Asociaciones de trabajadores Autónomos (ATA).
- Adquirir un vehículo eléctrico o instalar un sistema antes de diciembre de 2024
Los autónomos que hayan adquirido un vehículo eléctrico o instalado un sistema de recarga se podrán deducir el 15% del gasto si realizan una entrega a cuenta mínima del 25% del valor de compra de un vehículo eléctrico nuevo (turismos o motos), o si la han realizado desde el 30 de junio de 2023. En estos casos, el pago restante de la compra se debe realizar antes del final del segundo año posterior al del pago a cuenta.
En caso de compra, la deducción del 15% del valor de compra incluidos gastos e impuestos, y excluidos los importes de las ayudas públicas que perciba (por ejemplo, MOVES III) está limitado a una base máxima de 20.000 euros y se aplica en el año en que se matricula.
Ambas deducciones se aplican a vehículos eléctricos ‘enchufables’ y de pila de combustible de uso particular y que cuesten hasta el máximo fijado en el plan MOVES III, que en el caso de turismos es de 45.000 euros (53.000 euros para vehículos BEV de 8 o 9 plazas) estarán vigente desde el 30 de junio de 2023 hasta finales de 2024.
También el contribuyente puede desgravar el 15% de la inversión de la instalación de un punto de recarga para vehículos eléctricos en un inmueble de su propiedad, realizada igualmente entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.
Conviene no olvidar que la ayuda del Plan Moves III (con o sin achatarramiento) se tiene que sumar a los rendimientos declarados en el IRPF.
- Suscripción de seguros para el negocio
Suscribirse a un seguro antes de final de año también puede reducir la base imponible de la declaración. Éstos son algunos de los más comunes para la actividad de los autónomos, cuyas primas se consideran un gasto deducible siempre que los seguros estén relacionados con la actividad profesional.
El seguro de responsabilidad civil es deducible al 100%; el seguro de vida o médico, siempre que estén vinculados con la actividad. Otro seguro que es deducible es el de salud. En este último caso, existe una limitación de 500 euros por asegurado que forme parte de la unidad familiar. Por ejemplo, siendo cuatro personas en la unidad familiar, podrías deducir hasta 2.000 euros
- Compensar las pérdidas con ganancias y planificar la venta de acciones antes de final de año
Otra de las claves más importantes para planificar la próxima renta es la posibilidad de compensar las pérdidas y ganancias de acciones antes de final de año. Este periodo sería un buen momento para hacer cuentas y compensar las pérdidas generadas por un fondo de inversión, acciones o derivados financieros con las ganancias patrimoniales obtenidas.
- Beneficios en la vivienda habitual
Por otro lado, quienes compraron su vivienda habitual o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 siguen disfrutando de la desgravación, si tuvieron deducciones por dicha vivienda en 2012 o años anteriores. De este modo, estos contribuyentes pueden deducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un límite de inversión de 9.040 euros.
Teniendo en cuenta este límite, puede resultar interesante realizar un pago adicional -de 4.960 € de media- para amortizar parcialmente la hipoteca antes de que finalice el año para reducir la factura fiscal en 744 euros adicionales, siempre que las condiciones del préstamo no impongan comisiones por cancelaciones anticipadas.
Además, algunas Comunidades autónomas tienen establecidas otras deducciones en vivienda habitual, que no deben olvidarse. Ejemplo de ello es la posibilidad de neutralizar la tributación de las ganancias de la venta de una vivienda habitual
Por otro lado, los mayores de 65 años están excluidos de tributar las ganancias y también quedan exentas las ganancias obtenidas por personas dependientes severos o grandes dependientes.
También para estas personas están exentas la transmisión de cualquier otro bien o derecho, hasta un límite máximo de 240.000 euros, siempre que con el importe total se constituya en un plazo de seis meses una renta vitalicia asegurada.
- Recabar todas las facturas de suministros, si trabajas desde casa
Para aquellos autónomos que realizan su actividad desde casa, los expertos recuerdan la importancia de guardar todas las facturas de suministros, puesto que se podrá deducir la parte del agua, luz, gas o interne que corresponda a los metros cuadrados dedicados a la actividad, dentro de la vivienda.
Otras claves para ahorrar en el Impuesto de Sociedades
Aunque muchas de las estrategias fiscales que se han citado afectan sólo al IRPF, los negocios que tributan en Sociedades también pueden planificar ciertas acciones para rebajar su base fiscal.
Según el despacho de abogados Legalitas, algunas de las acciones que podrían este 2024 las pymes para reducir el pago en el Impuesto de Sociedades son:
- Amortización acelerada
Las inversiones en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, de potencia normal o de alta, que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que se inicien en los años 2023, 2024 y 2025, podrán amortizarse en función del coeficiente que resulte de multiplicar por 2 el coeficiente de amortización lineal máximo previsto en las tablas de amortización oficialmente aprobadas.
Se exigirá el cumplimiento de los siguientes requisitos:
-Aportación de la documentación técnica preceptiva
-Obtención del certificado de instalación eléctrica diligenciado por la Comunidad Autónoma competente.
- Libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables
Además, apuntaron desde Legalitas, se prórroga para 2024 la posibilidad de amortizar libremente las inversiones que se efectúen en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica, así como aquellas instalaciones para uso térmico de consumo propio, siempre que utilicen energía procedente de fuentes renovables y sustituyan instalaciones que utilicen energía procedente de fuentes no renovables fósiles.
La entrada en funcionamiento de las nuevas instalaciones deberá producirse en el año 2024. En tal supuesto, las nuevas inversiones podrán ser amortizadas libremente en los períodos impositivos que se inicien o concluyan en 2024.
En todo caso, la aplicación de la libertad de amortización estará condicionada a que durante los 24 meses siguientes a la fecha de inicio del período impositivo en que los elementos adquiridos entren en funcionamiento, la plantilla media total de la entidad se mantenga respecto de la plantilla media de los doce meses anteriores.
La cuantía máxima de la inversión que podrá beneficiarse del régimen de libertad de amortización será de 500.000 euros.
Fuente: https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/hacienda/estrategias-fiscales-que-pueden-aplicar-autonomos-otono-ahorrar-impuestos-antes-fin-ano/20240830180015038258.html