La campaña de la renta 2024-2025 arrancó oficialmente el pasado 2 de abril y permanecerá activa hasta el próximo 30 de junio. Millones de contribuyentes ya han comenzado a revisar su borrador, ajustar datos y comprobar si este año les toca pagar o, con suerte, recibir una devolución. Como cada ejercicio, es fundamental conocer bien todas las deducciones fiscales a las que se tiene derecho, ya que muchas personas podrían estar renunciando a importantes beneficios por simple desconocimiento.
Presentar la declaración dentro de plazo no solo evita sanciones, también abre la puerta a aplicar bonificaciones que pueden suponer un notable alivio económico. Desde el primer día, la Agencia Tributaria habilita el acceso a los datos fiscales a través de su portal web, y ofrece atención presencial con cita previa para quienes prefieren el formato tradicional.
Una de las claves para salir bien parado de esta campaña fiscal es estar al tanto de las novedades en deducciones y de las condiciones actualizadas. Existen ayudas que llevan años activas, pero cuya aplicación ha cambiado ligeramente o se ha vuelto más flexible. Es el caso de la deducción por maternidad, una medida que no siempre aparece reflejada en el borrador y que conviene revisar detenidamente, ya que puede suponer una devolución significativa.
La deducción de 1.200 euros para madres trabajadoras
La Agencia Tributaria contempla una deducción de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años para madres trabajadoras. Esta bonificación se aplica tanto si la madre trabaja por cuenta ajena como si es autónoma, siempre que esté dada de alta en la Seguridad Social y haya cotizado al menos 30 días desde el nacimiento o adopción del menor, o en cualquier momento posterior. Esta deducción también es válida para casos de acogimiento, contando los tres años desde la resolución judicial o inscripción en el Registro Civil.
Aunque el importe máximo anual es de 1.200 euros por hijo, no todas las madres recibirán esa cantidad completa. La deducción se calcula proporcionalmente a los meses en los que se cumplan los requisitos. Por ejemplo, si la cotización comienza cuando el bebé ya tiene seis meses, el importe se ajusta a los meses restantes. Esta ayuda se puede recibir de dos formas: aplicándola directamente en la declaración (reduciendo la cuota o solicitando la devolución) o mediante el modelo 140 para cobrarla de forma anticipada en pagos de 100 euros mensuales.
Este beneficio fiscal es compatible con otras deducciones autonómicas o estatales, así como con gastos adicionales como los de guardería, que pueden suponer hasta 1.000 euros extra si se cumplen ciertos criterios. Sin embargo, hay una excepción: no puede combinarse con el complemento de ayuda a la infancia vinculado al Ingreso Mínimo Vital.
Para beneficiarse correctamente, es imprescindible tener los datos actualizados y comprobar que se cumplen todos los requisitos. En caso de duda, siempre es recomendable acudir a un asesor o solicitar ayuda en la propia Agencia Tributaria. Esta deducción no solo alivia el bolsillo, también reconoce el esfuerzo de las madres trabajadoras que sostienen la conciliación entre empleo y crianza.
Fuente: https://www.elconfidencial.com/economia/declaracion-renta/2025-04-22/hacienda-devolvera-1200-euros-declaracion-renta-contribuyentes-cumplan-estos-requisitos-1qrt_4114113/







