La Línea ICO-Crecimiento es una nueva línea de financiación directa y 100% digital, dirigida a pymes con proyectos viables, capacidad de crecimiento y generación de empleo que, por sus características o perfil específico, no han sido atendidas en los canales financieros tradicionales.
📅 Plazo de solicitudes de financiación: hasta el 31 de diciembre de 2027 o hasta que se agote el presupuesto, a través de ICO-online.
El objeto de esta línea de financiación es el otorgamiento de préstamos a pymes cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se encuentre radicado en España, con la finalidad de impulsar la resiliencia, competitividad e internacionalización de la empresa española.
Beneficiarios
Podrán solicitar este préstamo las sociedades mercantiles con domicilio social o establecimiento de desarrollo de actividad en España, con una antigüedad mínima de 4 años, que cumplan las condiciones para ser consideradas pymes.
A fecha de cierre de los dos últimos ejercicios previos a la solicitud de financiación, el beneficiario deberá estar sujeto a la obligación de someter las cuentas anuales a la revisión de un auditor de cuentas, atendiendo al artículo 263 del TRLSC. También podrán ser beneficiarias las empresas que, de forma voluntaria, hayan sometido a revisión de un auditor de cuentas los estados financieros correspondientes a los dos ejercicios cerrados con anterioridad a la solicitud de financiación.
Además, también podrán beneficiarse las empresas que no cuenten con cuentas auditadas, siempre que cumplan una de las siguientes condiciones:
- Se acojan a un programa público de avales financieros directos que cubra, al menos, el 50% del valor nominal del préstamo.
- Aporten un aval otorgado por una SGR de ámbito regional o nacional que cubra el 100% del valor nominal del préstamo, con reaval CERSA.
- Aporten un aval otorgado por una entidad financiera privada que cubra, al menos, el 75% del valor nominal del préstamo.
Proyectos Financiables
Los proyectos empresariales que podrán acogerse a la financiación objeto de esta línea tendrán por finalidad las siguientes actuaciones:
a. Ampliación y renovación de las instalaciones, maquinaria y equipos.
b. Adquisición o elaboración propia de activos intangibles (activos inmateriales utilizados en el proceso de producción).
c. Adquisición de participaciones empresariales con los fines de:
- facilitar el relevo generacional en la empresa familiar,
- ampliar la capacidad productiva,
- mejorar las condiciones de acceso a la financiación, o
- asegurar el suministro de insumos clave.
d. Adquisición de acciones propias por parte de la empresa familiar, dentro de los límites de la Ley de Sociedades de Capital, para facilitar el relevo generacional.
e. Sostenimiento del capital circulante de la empresa: contratación de mano de obra, adquisición de bienes y servicios ligados al ciclo de explotación, financiación de clientes, inversión en existencias, tesorería operativa o cancelación de deuda a corto plazo.
Son gastos financiables elegibles aquellos que consistan en la adquisición de activos fijos (tangibles, intangibles o financieros) o en el sostenimiento del capital circulante, siempre que se hayan adquirido o iniciado hasta 12 meses antes de la solicitud de financiación. En algunos casos, el ICO podrá requerir que la realización de la actividad se produzca posterior a la solicitud, para garantizar el efecto incentivador de las ayudas.
Gastos Financiables en Activos Fijos
Serán elegibles los siguientes:
- Adquisición y acondicionamiento de terrenos.
- Adquisición y construcción de naves industriales e instalaciones técnicas.
- Construcción de instalaciones de energía renovable (autoconsumo o vertido a red) hasta 30 MWp.
- Adquisición de equipamiento TIC.
- Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
- Mobiliario.
- Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación (excepto empresas cuyo objeto sea el arrendamiento o transporte de mercancías por carretera).
- Activos intangibles: I+D, propiedad industrial, derechos de traspaso o aplicaciones informáticas.
- Adquisición de participaciones empresariales para ampliar capacidad productiva, mejorar financiación o asegurar suministros clave.
Otros Gastos Financiables
También se considerarán financiables los:
- Gastos de explotación vinculados a la creación, desarrollo y mantenimiento de activos intangibles (prospección de mercados, formación, cultura empresarial, sistemas de gestión).
- Gastos de consultoría y calificación crediticia externa necesarios para solicitar la financiación.
- Comisiones y gastos de aval (upfront, estudio, apertura, etc.) cargados por el avalista al conceder el aval que cubre la operación del ICO.
Condiciones Económicas
- Valor nominal mínimo: desde 50.000 €, sin importe máximo establecido.
- El valor nominal del préstamo no podrá superar el 80% del valor de la inversión financiada, pudiendo financiarse hasta el 100% en caso de circulante.
- El ICO podrá financiar hasta el 100% de los gastos de consultoría y calificación crediticia necesarios para optar a la financiación.
Plazos y Carencias
- Operaciones de inversión: hasta 10 años, con hasta 2 años de carencia de principal.
- Operaciones de circulante: hasta 5 años, con 1 año máximo de carencia.
Tipo de Interés
- Referenciado a EURIBOR a un año + 1,75% de margen, con posibilidad de reducción en función de las garantías.
Comisiones y Gastos
- Comisión de apertura: 0,5% sobre el importe formalizado (se descuenta de la primera disposición).
- Cancelación anticipada: 0,5% del importe reembolsado.
- En caso de incumplimiento del beneficiario, se aplicará una comisión del 1% sobre el riesgo vivo en el momento del vencimiento anticipado.







