Las ayudas de 3.000 euros dirigidas al pequeño comercio, la artesanía y la hostelería se pueden solicitar ya. El plazo comenzó ayer miércoles 7 de abril y estará abierto hasta el 6 de mayo de 2021.
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado, mediante la modificación del Decreto ley 1/2021, de 12 de enero, las ayudas de hasta 3.000 euros para el comercio, la artesanía y la hostelería, tras aumentarse la dotación destinada a este fin de los 46,1 a los 132,4 millones de euros.
Así, se calcula que unas 60.000 pequeñas y medianas empresas podrán beneficiarse de estas ayudas económicas. El proceso de solicitud y tramitación se ha agilizado, por lo que ya no se exige al interesado presentar junto a la solicitud documentación alguna, tan solo bastará con rellenar un formulario, según la Junta de Andalucía.
Plazo y requisitos para solicitar la ayuda para pymes
Para que una pyme pueda ser beneficiaria de estas ayudas, deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Tener el domicilio fiscal en Andalucía.
- Acreditar condición de pyme, es decir, contar con una plantilla inferior a los 250 trabajadores y un volumen de negocio anual no superior a los 50 millones o registrar un balance general anual que no exceda de 43 millones de euros.
- Que desarrollen su actividad antes del 14 de marzo, debiendo mantenerla vigente hasta el día en que se presente su solicitud.
- Demostrar caída de ventas por la Covid de, al menos, un 20% en el ejercicio 2020 respecto al de 2019.
- Que acrediten no estar en crisis a 31 de diciembre de 2019.
- En el caso de personas físicas de cualquiera de los sectores, tendrán que acreditar el alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, 14 de marzo, y mantenerlo hasta el día de presentación de la solicitud.
- Las ayudas se concederán a las pymes que desarrollen una de las actividades económicas incluidas en este Decreto-Ley, salvo para pymes artesanas, que únicamente deberán estar inscritas en el registro de artesanos de Andalucía.
- Se exige estar al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas por reintegros de subvenciones.
Procedimiento para pedir la ayuda de 3.000 euros
El procedimiento de solicitud se iniciará por parte de la persona interesada y las solicitudes presentadas se tramitarán individualmente por orden de la fecha de presentación, hasta el agotamiento del crédito asignado en el Decreto-Ley.
Así, los interesados deberán rellenar el formulario para la solicitud, que está disponible en la oficina virtual de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. Se puede acceder a través de este enlace o a través del catálogo de procedimientos administrativos.
Todas las solicitudes y la documentación necesaria para conseguir la subvención se presentarán única y exclusivamente de forma telemática y todo el procedimiento de gestión se desarrollará también telemáticamente.
El órgano competente para llevar a cabo este procedimiento es la Dirección General de Comercio adscrita a la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento. El órgano competente para resolver el procedimiento es la persona titular de la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión será de dos meses desde la fecha en que la solicitud haya sido entregada de forma telemática, según informan desde la web de la Junta.
El abono de las subvenciones se realizará mediante pago por importe del 100% de las mismas y los gastos subvencionables habrán de haberse realizado en el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 14 de marzo de 2021.
Si necesitas ayuda para solicitarla, ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos!