La Seguridad Social ha actualizado los importes que pueden bonificar los autónomos y las pymes por contratar mediante formación en alternancia.
Según publicó la Tesorería General de la Seguridad Social en su último Boletín RED, se han actualizado los módulos económicos dirigidos a financiar la capacitación de los contratos de formación en alternancia.
En este caso, se ha elevado la cuantía que se dedica a la parte formativa de estos contratos y que, luego, autónomos y empresas que los formalicen podrán bonificar. Según la mutua colaboradora de la Seguridad Social Mutualia, el fin de la medida es “asegurar la calidad educativa”, después de más de 10 años sin realizar variaciones en los importes.
En concreto, se le ha aplicado el incremento acumulado del Índice de Precios de Consumo (IPC) entre 2013 y 2025, del 26,7%, como explicó a este medio Juan José Carmelo, del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Madrid. A consecuencia de ello, aumenta los costes de los módulos de formación por hora y participante, y con ello, el importe de la bonificación que puede aplicar el negocio por la misma.
El cambio afecta a miles de autónomos y pymes que formalizan este tipo de contratos al año. En concreto, durante 2025, se formalizaron 48.600 contratos de formación en alternancia, tras crecer la cifra en 2024 (54.987) y en 2023 (50.049). En lo que va de 2026, ya se han formalizado más 19.000 contratos de esta modalidad en España.
Entran en vigor las nuevas bonificaciones del contrato de formación en alternancia
El aumento de la bonificación para los trabajadores por cuenta propia y las empresas que formalicen este tipo de contratos entró en vigor el pasado 1 de junio de 2026, como apunta la Resolución de 31 de marzo de 2026, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal.
Desde este mes, las cuantías de la bonificación se incrementan en las siguientes cantidades por contrato y asalariado:
- Para la modalidad presencial, se eleva de los 8 euros a los 10,1 euros/hora.
- Para la modalidad a distancia o de teleformación, se eleva de los 5 euros a los 6,3 euros/hora.
Este contrato es el que permite que los empleados compatibilicen la actividad laboral remunerada con una capacitación o enseñanza en el ámbito de la formación profesional (FP), los estudios universitarios o de las especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo, por lo que puede ser un tipo de contrato atractivo en determinados sectores como los oficios.
De esta forma, la actividad laboral del trabajador se compatibiliza con una actividad formativa complementaria al desarrollo del puesto de trabajo. Para ello, estos contratos se acuerdan con una duración mínima de tres meses y una duración máxima de dos años.
Autónomos y pymes pueden bonificar estos nuevos importes
Como explicó a este medio otro graduado social y experto laboralista, Daniel Blas, los autónomos y las empresas con empleados, por su parte, podrán beneficiarse de estos nuevos importes a través de la bonificación de la formación.
“Si la formación teórica se realiza por la empresa, es posible bonificar los costes de llevar a cabo esa formación”, apuntó el experto, ya que el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores alberga esta posibilidad a la hora de impartir la capacitación.
Asimismo, el negocio puede suscribir convenios de cooperación con un centro acreditado que imparta la formación. En ese caso, “ese centro le pasará una factura y la empresa podrá bonificar los costes de la capacitación, conforme a los nuevos importes”, añadió.
La cuantía máxima de la bonificación se establece en la Orden ESS/2518/2013, que fija que para financiar los costes de la formación, trabajadores por cuenta propia y pymes podrán multiplicar el módulo económico por el número de horas equivalente al 25% de la jornada, durante el primer año del contrato, y el 15% de la jornada el segundo.
Es decir, que podrá bonificar el importe del módulo económico (10,1 euros la hora o 6,3 euros la hora, según modalidad) por el 25% de las horas en el primer año de contrato –es decir, bonificar 10 horas en un contrato de 40 horas semanales– y por el 15% de las horas en el segundo año: bonificar 5 horas y media en un contrato de 37 horas semanales.
Bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social
Los autónomos y las empresas que formalicen estos contratos con sus empleados también pueden acceder a bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social.
Según las últimas informaciones del organismo público, la formación en alternancia se bonifican 91 euros al mes de los seguros sociales de la empresa (1.092 euros anuales) y 28 euros al mes de la cuota del trabajador (336 euros al año).
Además, esta bonificación aumenta al 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes cuando el contrato se acuerda con personas con discapacidad acreditada en un grado igual o superior al 33%.







