(Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre)
Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF), conocido como VERI*FACTU, todos los empresarios y profesionales deberán revisar sus programas de facturación para adaptarse a las nuevas exigencias de la Agencia Tributaria.
Este sistema busca garantizar la integridad, trazabilidad y conservación de los registros contables, reduciendo el fraude y aumentando la transparencia fiscal.
🔍 ¿Quiénes están obligados a adaptarse a VERI*FACTU?
Deberán implementar este nuevo sistema todos los empresarios y profesionales que:
- Realicen una actividad económica en territorio de régimen común.
- Utilicen programas o sistemas informáticos de facturación, como software contable, ERP o herramientas comerciales (A3, Sage, Holded, Factusol, etc.).
Los sistemas deberán cumplir con los requisitos técnicos del Real Decreto 1007/2023, garantizando que ninguna factura pueda ser manipulada o eliminada sin dejar rastro.
🚫 ¿Quiénes no están obligados?
No deberán adaptarse al sistema VERI*FACTU:
- Profesionales que no utilizan software de facturación (por ejemplo, quienes hacen facturas manuales en Excel, Word o papel).
- Quienes emiten facturas en papel o talonarios.
- Sujetos pasivos que ya operan bajo el sistema SII (Suministro Inmediato de Información).
- Entidades sin actividad económica, como comunidades de propietarios o particulares con alquileres puntuales.
- Empresas o profesionales de territorios forales (País Vasco y Navarra), que ya aplican los sistemas TicketBAI o Batuz.
⏰ Calendario de aplicación
El reglamento establece distintos plazos según el tipo de contribuyente:
| Colectivo | Fecha límite de adaptación |
|---|---|
| Fabricantes de software | 1 de julio de 2025 |
| Sociedades mercantiles | 1 de enero de 2026 |
| Autónomos y profesionales | 1 de julio de 2026 |
💡 Recomendaciones desde Geno y Eli Consultores
- Revisa tu sistema actual de facturación. Si utilizas un programa informático, asegúrate de que tu proveedor está trabajando en la adaptación a VERI*FACTU.
- Si facturas manualmente (Word, Excel o papel), puedes continuar haciéndolo, siempre que cumplas con el Reglamento de Facturación (RD 1619/2012).
- Contacta con tu asesoría para determinar si debes realizar cambios y planificar con tiempo la transición.
⚖️ Referencias normativas
- Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (BOE 06-12-2023)
- FAQs AEAT VERI*FACTU (actualización octubre 2025)
En Geno y Eli Consultores te ayudamos a revisar tu caso concreto y asegurarte de que cumples correctamente con el nuevo marco de facturación electrónica.
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