La Seguridad Social ha actualizado las tablas con las pensiones mínimas que pueden cobrar los autónomos durante 2026. Estas son las nuevas cuantías por jubilación, viudedad, orfandad o Incapacidad Permanente.
Los autónomos pueden consultar ya cuánto recibirían como pensión mínima en 2026 tras la actualización de las cuantías publicada por la Seguridad Social, que recoge un incremento superior al de años anteriores para las prestaciones más bajas del sistema.
La revisión, que toma como referencia el Índice de Precios al Consumo (IPC) medio interanual, se traduce en alzas de hasta el 11,4% en las pensiones mínimas con cargas familiares y en las prestaciones no contributivas, frente a una revalorización del 2,7% para la mayoría de las prestaciones, esto es, las contributivas.
Estas tablas, publicadas oficialmente en la web de la Seguridad Social, marcan las cuantías mínimas que podrán percibir por Ley los trabajadores por cuenta propia en prestaciones clave como jubilación, incapacidad permanente, viudedad y orfandad durante este 2026. Además, incorporan ajustes adicionales para colectivos vulnerables como pensionistas con cónyuge a cargo o con cargas familiares, siguiendo un criterio de protección social más amplio.
¿Cómo quedan las pensiones mínimas que podrán cobrar los autónomos en 2026?
Seguridad Social publicó recientemente en su página web las tablas actualizadas con las cuantías mínimas que percibirían los autónomos en 2026 por las distintas pensiones, tras la aprobación en Consejo de Ministros de la subida de las prestaciones mínimas, contributivas y las no contributivas.
Jubilación mínima en 2026
Las pensiones de jubilación para autónomos dependen de varios factores: edad del beneficiario, existencia de cónyuge a cargo, así como otras circunstancias familiares. Para 2026, las cuantías mínimas han experimentado aumentos significativos en todas las situaciones respecto a 2025.
Jubilación con 65 años
- Con cónyuge a cargo: 1.256,6 euros al mes (17.592,4 euros al año).
- Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 936,2 euros al mes (13.106,2 euros al año).
- Con cónyuge no a cargo: 888,7 euros al mes (12.441,8 euros al año).
Jubilación menor de 65 años
- Con cónyuge a cargo: 1.256,6 euros al mes (17.592,4 euros al año).
- Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 875,9 euros al mes (12.262,6 euros al año).
- Con cónyuge no a cargo: 827,9 euros al mes (11.590,6 euros al año).
Jubilación con 65 años procedente de Gran Invalidez
- Con cónyuge a cargo: 1.884 euros al mes (26.385,8 euros al año).
- Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 1.404,3 euros al mes (19.660,2 euros al año).
- Con cónyuge no a cargo: 1.333 euros al mes (18.662 euros al año).
Incapacidad permanente y prestaciones especiales
Las pensiones por incapacidad permanente también reciben un impulso para 2026, con cuantías mínimas ajustadas al alza según el grado de incapacidad y la situación familiar del beneficiario.
Gran Invalidez
- Con cónyuge a cargo: 1.884,7 euros al mes (26.385,80 euros al año).
- Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 1.404,3 euros al mes (19.660,20 euros al año).
- Con cónyuge no a cargo: 1.333 euros al mes (18.662 euros al año).
Absoluta o total, con 65 años de edad
- Con cónyuge a cargo: 1.256,3 euros al mes (17.592,40 euros al año).
- Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 936,2 euros al mes (13.106,80 euros al año).
- Con cónyuge no a cargo: 888,70 euros al mes (12.441,80 euros al año).
Total, con edad entre 60 y 64 años
- Con cónyuge a cargo: 1.256,6 euros al mes (17.592,40 euros al año).
- Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 875,90 euros al mes (12.262,60 euros al año).
- Con cónyuge no a cargo: 827,90 euros al mes (11.590,60 euros al año).
Total, derivada de enfermedad común menor de 60 años
- Con cónyuge a cargo: 690,20 euros al mes (9.662,80 euros al año).
- Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 690,20 euros al mes (9.662,80 euros al año).
- Con cónyuge no a cargo: 684,30 euros al mes (9.580,20 euros al año).
Parcial del Régimen de Accidente de Trabajo (titular con 65 años)
- Con cónyuge a cargo: 1.256,60 euros al mes (17.592,40 euros al año).
- Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 936,20 euros al mes (13.106,80 euros al año).
- Con cónyuge no a cargo: 888,71 euros al mes (12.441,80 euros al año).
Pensiones de viudedad, orfandad y a favor de familiares
Las pensiones de viudedad y orfandad mínimas, destinadas a garantizar unos ingresos básicos en caso de fallecimiento de un trabajador, también han sido revisadas al alza para 2026.
Viudedad mínima mensual (14 pagas)
- Con cargas familiares: alrededor de 1.250 € al mes o 17.592 euros al año.
- Con 65 años o con discapacidad superior 65%: aprox. 936,20 euros mensuales o 13.106,80 euros al año
- Menor de 60 años: 709,4 euros al mes o 9.931,6 euros al año.
Orfandad mínima mensual
- Por beneficiario: 286,5 euros al al mes o 4.011 euros al año.
- Orfandad absoluta: 709,4 euros al mes o 9.931,6 euros al año.
Límites de ingresos y acceso a las pensiones mínimas
El acceso a estas pensiones mínimas depende no solo de haber cotizado lo suficiente, sino también de cumplir ciertos límites de ingresos. Para las prestaciones mínimas contributivas, esos umbrales se han mantenido bajos y están diseñados para garantizar que solo quienes realmente lo necesitan accedan a estas ayudas.
Estos umbrales actúan como un filtro para asegurar que las pensiones mínimas se asignen a quienes realmente lo necesitan. Así, los autónomos con cónyuge a cargo, sin cónyuge o con cónyuge no a cargo deben demostrar que sus ingresos no exceden las cantidades fijadas para cada caso.
A continuación, se especifican los límites de ingresos anuales para las distintas categorías:
- Con cónyuge a cargo: 11.013 euros anuales.
- Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 9.442 euros anuales.
- Con cónyuge no a cargo: 9.442 euros anuales.







